Dirección Nacional de Migraciones. (s/f)
El Protocolo tiene por finalidad establecer criterios y pautas de acción con miras a la prevención del delito de trata de personas, la detección temprana de sus posibles víctimas y la identificación de los/as posibles tratantes.
Este Protocolo debe seguirlo de a) la Dirección Nacional de Migraciones b) la Gendarmería Nacional Argentina c) la Prefectura Naval Argentina d) la Policía de Seguridad Aeroportuaria e) cualquier otra Fuerza Policial o de Seguridad Federal que desempeñe funciones de Policía Auxiliar Migratoria en los pasos de ingreso/egreso a la Argentina conforme lo previsto por la Ley de Migraciones N°25.871 (Decreto N°616/2010).
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